Atención a la diversidad
Es evidente que los alumnos/as son diferentes y que estas diferencias se refieren a diversos factores: capacidades, motivaciones, intereses, situación social, etc. Por lo tanto el profesorado deberá atender estas diferencias y ajustar a ellas su intervención educativa. Entre estas diferencias una parte de los alumnos pueden tener necesidades educativas específicas.
La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) modifica el artículo 1 de la LOE, incluyendo entre los principios de la educación el siguiente:
"b) La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades que ayuden a superar cualquier discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que se deriven de cualquier tipo de discapacidad".
Asimismo, en el artículo 16 del capítulo III del Decreto 43/ 2015, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en el Principado de Asturias, se entiende por atención a la diversidad el conjunto de actuaciones educativas dirigidas a dar respuesta a las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales, culturales, lingüísticas y de salud del alumnado.
Nos regiremos por los principios de calidad, equidad e igualdad de oportunidades, normalización, integración e inclusión escolar, igualdad entre mujeres y hombres, no discriminación, flexibilidad, accesibilidad y diseño universal y cooperación de la comunidad educativa.
Con la implementación de metodologías cooperativas como en este caso, se puede atender de manera más adecuada a la diversidad, ajustándonos a las características de nuestro alumnado así como a los distintos ritmos y estilos de aprendizaje.